A cuatro meses de arresto y 20 salarios mínimos de multa fue condenado el representante legal de la empresa Electricaribe, Andrés García Amador, por el Juzgado Primero Penal del Circuito con Funciones de Control de Garantías.

La condena es la respuesta a una acción de tutela instaurada por el Sindicato de Trabajadores de la Electricidad de Colombia (Sintraelecol), que  exigió  el reconocimiento de algunos derechos salariales que, a los trabajadores de Electricaribe, se les venían ignorando.

Julio Vergara Contreras, vicepresidente de Sintraelecol, relató que cuando empezó la privatización de la antigua Electrificadora de Bolívar, Electricaribe decidió no hacer el aumento anual de salario para los trabajadores, a quienes obligaba a que firmaran unos acuerdos que, en su momento, resultaron lesivos para el gremio.

“A parte de eso –dijo-- la empresa utilizaba un mecanismo cuando entraban nuevos trabajadores a quienes llamaba ‘corporativos’. A estos les ponía en sus contratos una cláusula, mediante la cual recibían unos bonos que nos les permitían sindicalizarse, lo que es una conducta anticonstitucional”.

En vista de esta situación, el sindicato resolvió instaurar una acción de tutela que protegiera esos derechos, además del derecho a la igualdad, al salario móvil, entre otros, pero inicialmente fue fallada en contra de los demandantes.

Posteriormente, un juez de segunda instancia les dio la razón y ordenó a Electricaribe que abandonara las prácticas discriminatorias contra los trabajadores sindicalizados y que les concediera el aumento del IPC (Índice de Precios al Consumidor) anualmente y que a los nuevos trabajadores se les cambiaran los “contratos corporativos” por contratos similares a los de todos los trabajadores.

Seguidamente, y para revisión, esta sentencia llegó a la Corte Constitucional, la cual determinó que, efectivamente, se estaban violando los derechos en mención y confirmó el fallo de segunda instancia, dando la oportunidad a los trabajadores de que tengan el aumento salarial anual del IPC.

Sin embargo, Electricaribe no apeló el fallo sino que permitió que se fuera a consulta, donde el juez de primera instancia ratificó lo dicho por la Corte Constitucional, pero la empresa se mostró renuente, por lo que la sala en cuestión conminó al representante legal, Andrés García Amador, a que haga los cambios en los contratos de los trabajadores corporativos, como también en los de los sindicalizados con los respectivos aumentos.

Nuevamente, la empresa no apeló y el fallo se fue al Juzgado Primero Penal del Circuito con Funciones de Control de Garantías, que no sólo ratificó el fallo sino que también condenó a García Amador a pagar cuatro meses de arresto y 20 salarios mínimos.

“Hoy --añadió Vergara Contreras-- tenemos esta protección con la Sentencia T619 y queremos que todos los trabajadores que vean vulnerados sus derechos la usen como mecanismo de defensa”.

La empresa Electricaribe no se pronunció al respecto por no tener notificación de este fallo.


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