⚡ SINTRAELECOL
Sindicato de Trabajadores de la Energía de Colombia
La Junta Directiva Nacional, en reunión realizada en la ciudad de Bogotá D.C., el día 28 de febrero del 2018, en uso de sus facultades legales y estatutarias y
Considerando:
1. Que los Estatutos, en sus artículos 48, Parágrafo 1 y 57, literal g) confieren, a la Junta Directiva Nacional, las funciones de fijar la fecha, lugar de reunión y elaborar temario de las Asambleas Nacionales de Delegados.
2. Que, entre otras, son atribuciones privativas e indelegables de la Asamblea Nacional de delegados: Definir las políticas de mediano y largo plazo del sindicato; la aprobación del presupuesto anual, balance general y estado de resultados del sindicato.
3. Que el articulo 77 sobre Funciones de la Junta Directiva Nacional Ampliada con Presidentes(as) literal d), faculta a este organismo de dirección para cambiar de fecha o lugar de la Asamblea Nacional de Delegados(as), cuando a su juicio existan razones de peso para ello.
4. Que es necesario aprovechar los espacios nacionales para capacitar a los delegados nacionales en temas de interés general para Sintraelecol.
Visita de los compañeros del Sindicato Electrical Trades Union of Australia en las instalaciones de Sintraelecol Nacional y subdirectiva Bogotá, fortaleciendo las relaciones intersindicales Nuestros agradecimientos por su solidaridad permanente con Sintraelecol