El 15 de noviembre de 2023, se reunieron los árbitros del Tribunal de Arbitramento convocado por el Ministerio del Trabajo para dirimir el diferendo laboral colectivo existente entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA ENERGIA DE COLOMBIA, Sigla SINTRAELECOL, SUBDIRECTIVA ANTIOQUIA Y EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLIN E.S.P

La Junta Directiva Nacional denuncia y rechaza públicamente ante las autoridades y afiliados en general, las amenazas de muerte, contra los compañeros presidente nacional, Heriberto Avendaño, Luvier Ochoa, secretario nacional y Héctor Teherán, presidente de la Subdirectiva Corelca; los hechos acaecidos el día martes 05 de septiembre de 2023, donde se señala:

La Sala Plena estudió la demanda de inconstitucionalidad presentada contra el inciso 2º del artículo 56 de la Ley 2099 de 2021, que prohíbe a las empresas prestadoras del servicio de energía trasladarle al usuario, en la facturación o a través de cualquier otro medio, los costos asociados a la adquisición, instalación, mantenimiento y reparación de los medidores inteligentes de los que trata esa ley. El demandante argumentó que esa prohibición era contraria a la Constitución porque desconocía el criterio de recuperación de costos contenido en el artículo 367 superior, debido a que le impide a las empresas prestadoras del servicio recuperar las erogaciones asociadas a la renovación de los medidores inteligentes.

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