Regla general

Las vacaciones anuales remuneradas son otro descanso obligatorio, están consagradas en los artículos 186 a 192 del Código Sustantivo del Trabajo; entonces todo trabajador tiene derecho a disfrutar de quince (15) días hábiles consecutivos de vacaciones por cada año completo de servicios, esto con el fin que el trabajador se pueda recuperar física, mental y psicológicamente por haber trabajado durante un año.

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