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El o los nuevos operadores de energía tendrán que garantizar condiciones laborales de actuales trabajadores de Electricaribe.

Superintendente, Natasha Avendaño García, atendió inquietudes de congresistas de la región Caribe y dirigentes sindicales del sector eléctrico sobre el futuro de los trabajadores.

La superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, Natasha Avendaño García, dio un parte de tranquilidad sobre el futuro de los trabajadores de Electricaribe, en reunión sostenida hoy con congresistas y dirigentes sindicales del sector eléctrico.

“Dentro del proceso de solución que estamos planteando hay un deber de sustitución patronal, esto quiere decir que, por encima de cualquier consideración, protegemos los derechos de los trabajadores. Ellos serán transferidos a la nueva o nuevas compañías cuando se perfeccione el proceso de venta de estos activos”, manifestó la superintendente.

En tal sentido, y conforme a lo establecido en el reglamento que contempla la búsqueda del o los socios inversionistas para la prestación del servicio en los siete departamentos de la región Caribe, se aplicará la figura de sustitución patronal garantizando así la estabilidad laboral y la protección de los trabajadores vinculados a Electricaribe. Esto con el fin de no afectar las condiciones laborales en medio de la transacción comercial que se desarrolle una vez concluya el proceso.

Para el efecto, el o los nuevos operadores tendrán que acogerse a los términos de sustitución patronal contemplados en el artículo 68 y siguientes del Código Sustantivo del Trabajo que establece las responsabilidades del antiguo y nuevo empleador en estos casos.

La superintendente explicó los alcances de este tema a los senadores Antonio Zabaraín Guevara, Édgar Palacio Mizrahi y Alexander López Maya; al representante a la Cámara, César Lorduy Maldonado; y a los dirigentes sindicales del sector eléctrico Hamilton Barreto Ramírez, Guillermo Rendón Tejada y Feliz Oviedo.

CAPÍTULO 4

ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA

Es un derecho que protege la estabilidad laboral de ciertas personas

y que impide que el empleador despida de manera unilateral

al trabajador(a) sin una autoridad no lo autoriza.

En Colombia hay tres clases de estabilidad laboral reforzada:

•• Fuero sindical

•• Fuero de maternidad

•• Fuero por discapacidad

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¿Qué es el acoso laboral?

Definamos que:

Acosar es perseguir o importunar a alguien con requerimientos;

1 cuando se dice laboral se está hablando de que, perseguir o importunar, es algo que ocurre en el ambiente de trabajo.

En Colombia, el acoso laboral se entiende como toda conducta persistente y demostrable que se hace sobre un empleado, un trabajador(a) por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno. Estas conductas buscan infundir miedo, intimidación,terror y angustia, y causar así perjuicio laboral, desmotivación en el trabajo o inducir a la renuncia.

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